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¿Cómo afecta al freelance la nueva Ley del Emprendedor?

Si eres diseñador, programador, escritor, traductor o desempeñas cualquier otra actividad como freelance, toma buena nota: el pasado 22 de febrero el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó en el Consejo de Ministros un Real Decreto-ley con medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (el texto del BOE se puede descargar aquí). Su principal objetivo es dinamizar el mercado de trabajo y facilitar una entrada laboral a los seis millones de parados que hay en España, con especial énfasis en los jóvenes. Algunos de los cambios legislativos afectan directamente a los trabajadores autónomos:

  1. Bajan las cuotas de cotización a la Seguridad Social:

-Se crea una tarifa plana de 50€ durante los primeros seis meses para los nuevos autónomos menores de 30 años (35 años si son mujeres) que inicien una actividad por cuenta propia. Durante los 6 meses siguientes se les aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3 meses) y una bonificación (15 meses) de un 30% de la cuota.

-Las personas con discapacidad tendrán una tarifa plana de 50 euros durante los primeros 12 meses de aplicación. Los cuatro años siguientes se les aplicará una bonificación del 50% de la cuota.

2. Los freelance podrán compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia:

-Los menores de 30 años (35 si son mujeres), aunque estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, percibirán la prestación por desempleo durante un máximo de 9 meses. Deberá solicitarse en un plazo de 15 días desde el inicio de la actividad o no se tendrá derecho a compatibilizar la prestación y la actividad.

-Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años (35 si son mujeres) podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.

-Se abre la posibilidad de que la capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.

-Los desempleados menores de 30 años (35 si son mujeres) que decidan iniciar una actividad por cuenta propia y en el plazo de 5 años causen baja, podrán reanudar el cobro de la prestación a la que tenían derecho.

3. Tributación reducida para fomentar el autoempleo:

-Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono sea en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos solo hasta 15.500€).

-Los autónomos que inicien actividades económicas en 2013 podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.



Eva Miguélez es periodista. Licenciada por la Universidad de Navarra y Máster en Televisión por la Universidad Complutense. Ha desarrollado su carrera profesional en prensa, radio y televisión. Fue directora del diario gratuito Què! Barcelona del grupo Vocento, delegada en Barcelona de la revista Actualidad Económica y miembro del equipo fundador de Ganar.com, el primer medio español que combinó la escritura diaria de contenidos online y la edición de una revista mensual sobre negocios en Internet.

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