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¿Cuándo tengo que darme de alta como autónomo si soy freelance?

Si perteneces al mundo freelance o estás planteándote dedicarte a ello, seguro que te has hecho esta pregunta más de una vez, ¿tengo que darme de alta cómo autónomo? Hay muchas dudas acerca de si hay que darse de alta por ejercer una actividad por cuenta propia y tener ingresos bajos, por eso queremos explicarte que no siempre es necesario e indicarte todo acerca de cómo cobrar en estos casos. Primero te mostramos las claves para saber cuándo darte de alta como autónomo si eres freelance.

  • Si no se trata de una actividad habitual no hará falta que te des de alta.

Nos referimos a cuando te surgen trabajos eventuales, sin que sea una actividad repetida en el tiempo, en ese caso no es imprescindible darse de alta. No confundas la habitualidad con la periodicidad, solo se considera habitual cuando el trabajo personal y directo es la principal actividad productiva que el trabajador desempeña.

En España, darse de alta como autónomo en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) tiene un coste de 256,72 euros mensuales para la base de cotización mínima de 858,60 euros (2013). Se trata de un importe que se paga puntualmente en el último día laborable del mes y que no incluye cobertura para accidentes de trabajo ni por cese de actividad.  El coste puede ser demasiado alto para profesionales cuyos ingresos que les reporta su actividad son mínimos. Por lo tanto, antes de tomar una decisión ten en cuenta que es posible emitir las facturas de tus colaboraciones puntuales sin darte de alta en el RETA, y no estarás incumpliendo la normativa de seguridad social.

  • Si tus ingresos no superan el salario mínimo, no será imprescindible.

Este punto es clave a la hora de saber si debes darte de alta o no por la realización de tus proyectos como freelance. Si esta actividad no es considerada como un medio de vida, es decir, que se compatibilice con otra actividad que sustente al trabajador, puede no ser necesario darse de alta. El tope máximo de ingresos, en este caso, lo delimita el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), antes Salario Mínimo Interprofesional, que en 2013 ha sido fijado en 7.455,14 euros. Si lo que cobras por tus trabajos no supera esta cantidad anual, en principio no estarías obligado a darte de alta como autónomo, aunque sí a declarar tus ingresos y el IVA trimestral, en el caso de que tu actividad profesional lo requiera. En caso de inspección de trabajo puede suceder que se exija regularización, pero contra esta situación corresponde recurrir y argumentar todo lo expuesto, hay numerosas sentencias que reconocen la especial circunstancia de estos freelance.

  • Si tu cliente exige/pide factura, tendrás que darte de alta para poder facturar.

En este caso no importa ni tus ingresos, ni tu actividad habitual, el cliente puede pedir este requisito para realizar el proyecto, independientemente de tu situación.

  • Ten en cuenta que si estás cobrando el subsidio por desempleo, no podrás realizar facturas sin darte de alta como autónomo.

De lo contrario, podrías perder la retribución que justamente te corresponde por haberte quedado sin empleo.

  • Puedes compatibilizar tu trabajo por cuenta ajena con tus proyectos freelance.

Podrás hacerlo siempre que no hayas firmado alguna cláusula de dedicación exclusiva con tu empresa. Aquí te indicamos los pasos a seguir en este caso.

  • Lo que siempre debes declarar son tus ingresos ante la AEAT (y el IVA si corresponde).

Si quieres saber todo lo relacionado con cuánto cobra un freelance y de qué forma, te ofrecemos una recopilación de los mejores artículos que aclararán todas tus dudas:

Cómo calcular la retención en mis facturas como freelance 

¿Cómo funciona el IVA entre un freelance y clientes de distintos países?

 Frelance: ¿cuánto cobrar?

El presupuesto anual de tu negocio como profesional freelance

 Freelance: ¿cómo cobrar? Precio fijo vs. Precio por hora

Desde LanceTalent te recomendamos utilizar programas especializados online para tu contabilidad y facturación como freelance.
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22 Comentarios
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    Asesoria Busturia Consulting
    noviembre 3, 2013 a las 8:31 pm

    Hay un detalle que no queda claro y que es fundamental: hay que estar dado de alta en la Seguridad Social para trabajar… eso quiere decir que, en el caso de que no se trate de una actividad habiyual y lo percibido no llegue a la base de IPREM no existe la obligatoriedad de darse de alta en autónomos… SI ESTÁS DADO DE ALTA EN EL RÉGIMEN GENERAL

    Por otro lado, siempre es obligatorio declarar el IVA en todas las actividades sujetas a IVA… si tu cliente pide factura se la das… si no la pide, también se la das… OJITO con eso. En Hacienda hay que darse de alta siempre!!

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      LanceTalent
      noviembre 4, 2013 a las 10:22 am

      Gracias por tu comentario,

      Con nuestro blog pretendemos ofrecer posts útiles para nuestra
      comunidad de freelance y startups, por eso agradecemos cualquier
      comentario o sugerencia en el caso de que pueda haber alguna confusión.

      En este caso, consultaremos en la mayor brevedad posible con nuestros expertos y redactaremos un post más extenso para explicar con detalle el tema, de forma que no genere ningún tipo de duda.

      Un saludo.

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    Pedro
    febrero 16, 2014 a las 9:12 pm

    Hola,
    Trabajo por cuenta ajena y voy a comenzara hacerlo por cuenta propia por 200/mes, en principio todo el año. Debería darme de alta en el RETA? De momento lo he hecho en el IAE.
    Gracias

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    Luis Hernández
    mayo 30, 2014 a las 11:19 am

    Hola,

    Yo estuve en la misma o muy parecida situación que Pedro y me explicaron que era necesario que que me diese de alta de forma normal, con lo que pagaba una cantidad muy alta con respecto a mis ingresos y, sinceramente, me parece un robo

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    Paco
    septiembre 10, 2014 a las 9:43 pm

    Buenas noches, lo primero de todo agradecer vuestro artículo. Me ha resuelto unas cuantas dudas. Os quería comentar mi situación a ver si me podéis asesorar. Actualmente estoy trabajando como mileurista en una empresa española. Hace poco, he descubierto una plataforma online para freelances que facilita a sus usuarios ponerse en contacto con posibles empleadores de todo el mundo. Básicamente, alguien se registra en la plataforma demandando un trabajo y los freelances registrados pueden ponerse en contacto con el empleador y hablar con él. Al final el empleador se queda con el freelance que más le convence y una vez realizado el trabajo le paga. Mi objetivo era utilizar esta plataforma para sacarme algún dinerillo extra todos los meses, pero no se si necesariamente me tengo que dar de alta como autónomo, con las complicaciones de gestión y los pagos religiosos que ello conlleva o si puedo hacerlo sin tener que darme de alta como autónomo. En principio los dinerillos extra no superarían en ningún caso 400 o 500 euros mensuales. Me imagino que de ser superior la cuantía si que sería necesario darme de alta.
    Recibid un saludo y las gracias anticipadas por vuestro trabajo.

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    David de Flowsme
    noviembre 25, 2014 a las 12:43 am

    Hola! Muy buen artículo y buena discusión! Os dejo un enlace a Flowsme http://www.flowsme.com, una herramienta de gestión en la nube para autónomos, freelance, startups y pymes que mejora la gestión de los negocios. Saludos,

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    Pep Cabot
    diciembre 19, 2014 a las 10:13 am

    Creo que con este artículo que hice ya en el 2011 puedo clarificar puntos sobre el tema , además tiene un vídeo muy claro y didactico, según mi opinión jeje http://www.gestoriabarcelona.com/2012/05/es-obligatorio-darse-de-alta-como-autonomo/

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    anais valguet
    enero 27, 2015 a las 7:49 pm

    Préstamo ofrece entre particulares

    Hola,
    El placer para mí para enviarle este mensaje como un proveedor de capital para solicitar de su persona modesta una colaboración inversión para ayudarle a superar sus diversas preocupaciones financieras y lidiar con sus metas para el futuro en un entorno sin dificultades. Con este fin, voy a explicar mi planteamiento es presentar una oferta para préstamo de crédito (especialmente las empresas, como las asociaciones) en problemas o en busca de ayuda para resolver algunos de sus problemas financieros o para crear una empresa. Quiero decirles que estoy dispuesto a conceder un préstamo entre 1500 € y más de 3 millones de euros de los que he preparado para esta capital de alrededor de 20. 550. € 000. Así que los préstamos al girar la capital, también ha ayudo a aumentar mis dividendos. Tasa de reembolso del 2% de interés anual (TEG anual). Con esto en mente, les pido que me escriba o enviarme un correo electrónico si usted está interesado en mi oferta de préstamo a mi correo electrónico … en …
    Yo le presto a cualquier persona honesta y seria por supuesto puede pagarme en un plazo razonable. Así que si usted está interesado, no hesietz contacto conmigo para obtener más información.
    sinceramente anaisvalguet@outlook.fr

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    Inmogestiones
    enero 29, 2015 a las 11:13 am

    Es un articulo informativo muy interesante y muy bien explicado.
    Saludos.
    http://www.inmogestiones.es

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    María
    marzo 25, 2015 a las 12:13 am

    Hola!
    Muy interesante. Me gustaría saber si me podrías ayudar a resolver una duda.
    En mi caso, al darme de alta pude disfrutar de la tarifa plana los primeros meses, a pesar de que mi volumen de trabajo es muy variable dependiendo del mes, seguí dada de alta, ya que era barato y me compensaba, pero al ir aumentando la cuota a pagar, algunos meses dejaron de ser rentables y me estaba planteando si sería posible darme de baja antes de que empezara el nuevo mes, y si finalmente recibo trabajo ese mes, darme de alta para facturar, es decir, la baja sería ficticia, porque a final de mes terminaría pagando si recibo trabajo, pero me ahorro la incertidumbre y la cuota el mes que no me enviaran encargos.

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    Dareck
    abril 21, 2015 a las 7:13 pm

    Hola, en primer lugar gracias por esta información, tengo una duda si pienso crear una tienda online donde en un principio no habra muchos ingresos, puedo seguir recibiendo facturas de proveedores y pagar a ellos mientras el volumen aumenta, sin que ellos y clientes tengan algún problema ?

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    Wagner Clerk
    junio 9, 2015 a las 7:06 pm

    Hola a todos,

    Soy un prestamista privado, ofrezco préstamo al 3% se trata de una compañía legítima con honor y la diferencia que estamos dispuestos a ayudar en cualquier problema financiero que son ofrecemos todo tipo de préstamo por lo que si usted está interesado en esta oferta de préstamo ponerse en contacto con nosotros en nuestro correo electrónico: wagner_firm1@blumail.org

    También proporcione los datos de seguimiento para que podamos proceder con el préstamo inmediatamente.

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    Póngase en contacto con nosotros con los datos mencionados en nuestro correo electrónico: wagner_firm1@blumail.org

    Un saludo a todos.

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    luizaluiza120
    julio 25, 2015 a las 10:08 pm

    Préstamo entre oferta individual y la inversión

    Hola

    Me dirijo a todas las personas y empresas en la necesidad de su participación en hecho que j ‘otorga préstamos d’ de 3000 a 100.000.000 € a nadie capaz de pagar el dinero de nuevo con un año de tasa d ‘interés de 2% VII’ y un tiempo variable de 1 a 10 años, dependiendo de la cantidad solicitada. La

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    -Usted se ha registrado

    Si usted está realmente en necesidad, por favor m’ escribir a

    más d’ información.

    Correo electrónico: luizaluiza120@hotmail.com

    Atentamente

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    El abogato
    julio 30, 2015 a las 9:31 pm

    Hola, muchas gracias por esta información.
    Quería comentar mi situación:
    Me han propuesto hacer una web por 600 €. Pero tengo que ofrecer una factura. Entiendo que para eso, tengo que darme de alta como autónomo, y eso implica pagar los 252 € de la s.s. y al final quedarme con unos 350 € que tengo que declarar y a lo mejor pagar una parte de eso en mis impuestos anuales (declaracion de la renta).
    Sería posible confirmarme esto? Gracias

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    Javi
    agosto 18, 2015 a las 5:33 pm

    Buenas tardes, Mi duda es la siguiente: Tengo 37 años y trabajo por cuenta ajena en el régimen agrario. En la empresa donde estoy solo trabajo aproximadamente de octubre a febrero, a pesar de ello pago todos los meses más de 80 euros por un seguro conocido como “cupón agrario” (no se si es su nombre correcto), que ni siquiera se si me cubre la cobertura sanitaria o me da derecho a algún privilegio. Por todo esto, había pensado desarrollar otra actividad como autónomo. Mi pregunta es si puedo acogerme a la tarifa plana de 50 euros, o si mi caso corresponde a la pluriactividad, a pesar de que durante 8 meses del año no trabajaría por cuenta ajena y tan solo lo haría como autónomo. ¿Cuál de las 2 opciones me interesa? ¿Cuál sería la cantidad económica que me correspondería pagar aproximadamente cada mes en función de cuotas e impuestos? ¿Debo seguir pagando el cupón agrario o me conviene darlo de baja? Se que son muchas preguntas, agradezco de antemano las que tengan a bien responderme. Gracias!

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    Alberto Sánchez
    septiembre 22, 2015 a las 12:51 pm

    Una opción ideal para estos casos en los que las facturaciones son esporádicas es trabajar a través de una Cooperativa de Trabajo Asociado.

    Yo soy socio de Técnicos Unidos, que esta especializada en servicios de Arquitectura e Ingeniería, pero existen otras para informáticos, profesores, diseñadores…

    La forma de trabajar es mediante altas en el régimen general de la SS los días realmente trabajados y cotizar en el nivel que cada uno tenga.

    Es una forma rápida, ágil y legal de trabajar sin ser autónomo.

    Además nos despreocupamos de papeleos administrativos. Ellos se encargan de todo.

    Os adjunto un enlace en el que se ve un comparativo de facturaciones.

    http://tecnicosunidos.es/unete-hazte-socio/ejemplos-de-facturacion.html

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    mr tom
    octubre 8, 2015 a las 8:51 am

    ¿Tiene todo tipo de problemas financieros? ¿Necesita un préstamo para pagar sus deudas? está usted en una crisis financiera? confían en nosotros para el tratamiento de todo tipo de préstamos, véase más adelante. Estamos registrados y
    empresa autorizada para emitir un préstamo en el 2%, con una duración mínima de 6 meses y una duración máxima de 30 años.
    Damos préstamos a un mínimo de 2.000 y un máximo de 100 millones.
    ofrecer diferentes servicios a continuación *
    Préstamos Personales (Secure y ordinarios)
    * Préstamos Comerciales (Secure y ordinarios)
    * Mejoras para el hogar
    * Préstamos Inventor
    * Préstamos Auto
    * Matrimonio Hipoteca
    * Préstamo de salud, etc.
    Así que .. si usted está interesado, por favor volver a nosotros a través de nuestro correo electrónico ukfinancailpay1@outlook.com
    con Dios todo es posible

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    Ana González Corpas
    octubre 11, 2015 a las 9:37 pm

    Esto es como Autónomo, ¿y como empresa? Dentro de dos años quiero crear una empresa con unos amigos, pero no hay pasta porque ninguno encuentra trabajo y un préstamo es demasiado arriesgado. ¿Es necesario si empezamos sin apenas nada? No estamos como para arriesgarnos, lamentablemente 🙁

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    Luis
    noviembre 5, 2015 a las 10:39 am

    No es necesario darse de alta para un trabajo esporádico, pero si el cliente quiere factura, entonces si hay que darse de alta? imaginemos que por un milagro alguien me va a pagar 50 euros por algún tipo de trabajo, pero quiere factura, tengo que pagar los casi 300 euros de autónomos?

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    oscar
    octubre 31, 2016 a las 7:49 pm

    Buenas tardes. Explico mi caso para ver si me podéis ayudar. Yo trabajo por cuenta ajena, pero los fines de semana, y no todos, realizo visitas culturales a un monumento que está cerrado unos meses al año y está emplazado dentro de unos terrenos, cuya explotación corren a cargo de una empresa. Llegué a un acuerdo con este propietario de esta empresa, que lo es también del monumento, para que yo realizase esas visitas, fijando un precio que el propietario me dijo. En muy contadas ocasiones, puedo realizar alguna factura, cuyos datos del cliente remito a la empresa propietaria del terreno donde se ubica el monumento y ésta es la encargada de realizar dicha factura, pero repito que son en muy contadas ocasiones. A final de mes, ni mucho menos se llega al Salario Mínimo Interprofesional, con lo que no estoy obligado a darme de alta como autónomo, pero, ¿me tendría que dar de alta en Hacienda en el IAE, o sería la propietaria que lo hiciese, a través de una empresa que regenta? Muchas gracias

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    Carlos Vega
    agosto 2, 2017 a las 1:18 pm

    Este tipo de post son muy útiles para aquellos que han de hacerse autónomos y desconocen que pasos deben seguir y más si son freelance y quieren hacer las cosas lo más legal y normalizado posible.
    Hace unos meses tuve que darme de alta como autónomo por que lo percibido llegaba al límite establecido por el IPREM según me informaron por lo que no me ha quedado otra. Menos mal que contrate a una gestoria que es especialista en estos trámites por que iba más que perdido y por mi mismo estaba yendo fatal. Un artículo muy útil e interesante. Saludos!

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